Hipódromo de San Isidro



Resoluciones Adoptadas por Comisión de Carreras en su sesión del día 8 de febrero de 2013
PROFESIONALES SANCIONADOS
JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES

SUSPENDER: por el término de una (1) reunión, que se computará el día 15 de febrero próximo, al jockey IRENEO LEDESMA, por perder la línea a pocos metros de largar, en la 13ª carrera disputada el día 2 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Simón de Monfort”. Artículo 20, Inciso I del Reg. Gral. de Carreras.
APERCIBIR: al jockey DANTE ECHEVERRIA, por haber incrementado su peso neto en 800 gramos en pista normal, luego de disputada la 3ª carrera del 30 de enero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Pigmaleón Moro”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Art. 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey DARIO N. GARCIA, por haber incrementado su peso neto en 1000 gramos en pista normal, luego de disputada la 12ª carrera del 30 de enero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Tia Pampa”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey aprendiz MARTIN D. GONZALEZ, por haber incrementado su
peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 9ª carrera del 30 de enero p.pdo., en la que
condujo al s.p.c. “Papichulo”, y ser reincidente, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser
pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey aprendiz GUSTAVO E. RETORTO, por haber incrementado su peso neto en 1000 gramos en pista normal, luego de disputada la 13ª carrera del 30 de enero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Zanonito”, y ser reincidente, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey JUAN C. NORIEGA, por haber incrementado su peso neto en 900 gramos en pista normal, luego de disputada la 8ª carrera del 2 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Doña Dada”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey ALTAIR DOMINGOS, por haber incrementado su peso neto en 800 gramos en pista normal, luego de disputada la 2ª carrera del 2 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Girlie”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey aprendiz JORGE C. ARGUELLO, por haber incrementado su peso neto en 1400 gramos en pista normal, luego de disputada la 11ª carrera del 2 de febrero p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Argentico”, haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

ENTRENADORES
APERCIBIR: al Entrenador Dn. PABLO A. SAGUILLO, por haber presentado el retiro del spc “La
Nombrada” en la 5ª carrera disputada el 30 de enero p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. GERARDO N. ALTEÑO, por haber presentado el retiro del spc “Mojito Berry” en la 9ª carrera disputada el 30 de enero p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. Gilberto R. SOTO, por haber presentado el retiro del spc “Ula Master” en la 10ª carrera disputada el 30 de enero p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. LUIS O. GONZALEZ, por haber presentado el retiro del spc “Soy
Chubutense” en la 11ª carrera disputada el 30 de enero p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. ANDRES DOMINGO, por haber presentado el retiro del spc “Barnstorm” en la 5ª carrera disputada el 2 de febrero p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al Entrenador Dn. JOSE L. REGUEIRO, por haber presentado el retiro del spc “Gundorff” en la 13ª carrera disputada el 2 de febrero p.pdo., luego del término establecido en el Artículo 15, Inciso V del Reglamento General de Carreras.

CABALLERIZAS
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “EL ALJIBE”, por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c “Maní con Coco”, a cargo del Entrenador Dn. Héctor C. Gralatto, inscripto para la 12ª carrera del 2 de febrero p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al titular de la caballeriza “HARAS SANTA ROSA”, por no haber adoptado los recaudos necesarios para la participación del s.p.c “Chervil”, a cargo del Entrenador Dn. Luis A. Ojeda , inscripto para la 13ª carrera del 2 de febrero p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y no podrá competir en las carreras ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.

S.P.C.
SUSPENDER: al s.p.c. “SCOTSMAN” por el término de treinta (30) días, desde el 2 de febrero y hasta el 3 de marzo de 2013 inclusive, a cargo del Entrenador Dn. Juan L. Pellegrini”, por haber sido ratificado para los días 1 y 2 de febrero p.pdo. y no presentado a correr en la 13ª carrera del día 2 de febrero p.pdo. Asimismo, se dispone hacerle saber al entrenador que la reiteración de tal situación será considerada falta de responsabilidad profesional. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: a la s.p.c. “COMBETAZO DAN”, por el término de treinta (30) días, desde el 2 de febrero y hasta el 3 de marzo próximo inclusive, a cargo del entrenador Dn. Leonardo W. Mansilla, por no haber adoptado los recaudos pertinentes para la participación de la mencionada s.p.c., inscripta para la 14ª carrera del 2 de febrero p.pdo. Artículos 14 y 15, Incisos I y IV del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: para actuar en el medio local al s.p.c. “SOY CHUBUTENSE” a cargo del Entrenador Dn. Luis O. González, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de veinte (20) días, a partir del 30 de enero y hasta el 18 de febrero próximo inclusive, por herida cortante con claudicación del miembro posterior derecho y contusiones múltiples, antes de disputarse la 11ª carrera del día 30 de enero p.pdo.

STARTERS
SUSPENDER: al s.p.c. “EL INALCANZABLE”– 7ª carrera del 30/1/2013, a cargo del Entrenador Dn. Pepe Colman, por indocilidad en el partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al s.p.c. “MAGIC SUNRAY”– 2ª carrera del 2/2/2013, a cargo del Entrenador Dn. Leonardo Fleckstein, por quedarse en el partidor, largando retrasado. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
En virtud de los antecedentes obrantes:
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) AUTORIZAR: Para correr exclusivamente ejemplares de la Caballeriza “Haras Philipson (SI)”, al jockey DA CUNHA NELITO LOLA (DNI 28.113.350-5 SSP-SP) de acuerdo a la solicitud presentada, hasta el 15 de julio de 2013.-
2º) AUTORIZAR: Para correr exclusivamente ejemplares de la Caballeriza “El Mono”, al jockey JORGE GARCIA JULIO CESAR (DNI 94.105.336), hasta el 16 de abril de 2013, haciendo extensivo lo resuelto por el Hipódromo Argentino de Palermo.-
3º) Comuníquese y dese a publicidad.-


San Isidro, 8 de febrero de de 2013.-

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