Hipódromo de San Isidro

2da. Parte
Resoluciones Adoptadas por Com. de
Carreras en su sesión del día 27 de febrero de 2012

Visto el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con material de investigación extraído al S.P.C. “MEMORY LANE”, que se clasificara segundo en la 3ª carrera del día 23 de enero p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c y c) del Reglamento General de Carreras –  

TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO
Que, habiendo el entrenador desistido expresamente del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo pertinente, donde manifiesta que el producto utilizado contiene la droga informada por el Servicio Químico.
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que le cabe al entrenador y el descargo efectuado no desvirtúa la aplicación de las normas vigentes.

LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de un (1) año, desde su sanción provisional (30 de enero p.pdo.) y hasta el 29 de enero de 2014 inclusive, al Entrenador Dn. PEDRO R. DIAZ.
Artículo 25, Inciso II ap. c y c), Inciso VII ap. b), del Reglamento General de Carreras.
2º) SUSPENDER por el término de cuatro (4) meses, desde su sanción provisional (30 de enero p.pdo.) y hasta el 29 de mayo próximo inclusive, al S.P.C. “MEMORY LANE”.
3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:
1º) STAY OVERNIGHT 6º) OCRECIA
2º) LICITADITA 7º) PERCANTA EXITO
3º) AMOROSA DAN 8º) QUEEN MARGOT
4º) ORPENCITA 9º) UNTANNY
5º) FLINTSTONE 10º) LA MAGNATE
4º) Comuníquese y dese a publicidad.

San Isidro, 27 de febrero de 2013.-

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