RESOLUCIONES
ADOPTADAS POR LA COMISION DE CARRERAS EN SU SESION DEL DIA 24 DE SETIEMBRE DE
2014
JOCKEYS
Y/O JOCKEYS APRENDICES
SUSPENDER: por
el término de dos (2) reuniones, que se computarán los días 3 y 4 de
octubre próximo, al jockey ALTAIR DOMINGOS, por uso indebido del látigo,
lo que diera lugar a su distanciamiento, en la 13ª carrera disputada el
día 20 de setiembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c. “Giveback”. Artículo
20, Inciso VII y IV del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR:
al jockey ADRIAN M. GIANNETTI, por perder la línea en los tramos finales, en la
15ª carrera disputada el día 20 de setiembre p.pdo., en la que condujo al
s.p.c. “Perpetual Light”. Artículo 20, Inciso III del Reglamento
General de Carreras.
SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey CRISTIAN F. QUILES, por haber
incrementado su peso neto en 1.100 gramos en pista normal, luego de disputada
la 11ª carrera del 17 de setiembre p.pdo., en la que condujo al s.p.c.
“Southern Cause”, y ser reincidente, haciéndole saber que la reiteración
de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento
General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey aprendiz OCTAVIO ARIAS, por hallarse
excedido en el peso establecido en el programa para competir con el s.p.c.
“Espadaña Nistel”, en la 17ª carrera del 20 de setiembre p.pdo., hecho este que
motivara el no cumplimiento del compromiso de monta contraído, haciéndole saber
que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones. Art. 16, Inc. XII del R. G. de C.
SEVERO APERCIBIMIENTO: al jockey DANIEL E. NUÑEZ, por no
acatar la orden de montar al s.p.c. “Urban Start”, en la 6ª carrera del
17 de setiembre p.pdo. Artículo
16, Inciso XIII del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey FRANCISCO R. CORRALES, por no
acatar la orden de montar al s.p.c. “Degolladora”, en la 6ª carrera del
17 de setiembre p.pdo. Art. 16, Inc. XIII del Reg. General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey aprendiz IVAN E. MONASTEROLO, por
no acatar la orden de montar al s.p.c. “Fairy Secret”, en la 6ª carrera
del 17 de setiembre p.pdo. Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento
General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey aprendiz WALTER A. ALVAREZ, por no
acatar la orden de montar al s.p.c. “Pure Attraction”, en la 12ª carrera
del 17 de setiembre p.pdo. Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento
General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey MARIO R. NUÑEZ, por no acatar
la orden de montar al s.p.c. “Señor de la Casa”, en la 12ª carrera del 17
de setiembre p.pdo. Art. 16, Inc. XIII del Reg. General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey aprendiz LEONARDO A. GARCIA, por no
acatar la orden de montar al s.p.c. “Orban”, en la 12ª carrera del 17 de
setiembre p.pdo. Art. 16, Inc. XIII del Reg. General de Carreras.
APERCIBIR: al jockey aprendiz AUDIN A. FALCON ESPINOLA,
por no acatar la orden de montar al s.p.c. “El Radioactivo”, en la 12ª carrera
del 17 de setiembre p.pdo. Artículo 16, Inciso XIII del Reglamento
General de Carreras.
FALTA
DOCUMENTACION
SUSPENDER: para participar en las carreras ya programadas, al
s.p.c. “El Solariego”, a cargo del Entrenador Dn. Ricardo R. Pedernera,
inscripto para la 13ª carrera del 17 de setiembre p.pdo. Asimismo se dispone
hacerle saber que previo a la ratificación dicho s.p.c. deberá poseer la
documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino.Artículo 5,
Inciso VII del Reglamento General de Carreras.
ENTRENADORES
MULTAR: en la suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. OSCAR J.
DAGOSTINO, por presentar a su pupilo el s.p.c. “Alergico” herrado con
clavos antirreglamentarios, para la 12ª carrera del 17 de setiembre
p.pdo. Artículo
16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.
MULTAR: en la suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. DANIEL
ALBERTO GOMEZ , por presentar a su pupilo el s.p.c. “La Retozona” herrado
antirreglamentariamente para pista de cesped, para la 11ª carrera del 20
de setiembre p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.
SERVICIO VETERINARIO
SUSPENDER: al s.p.c. “CAPANGA NISTEL” a
cargo del Entrenador Dn. HECTOR C. GRALATTO, a solicitud del Servicio
Veterinario, por el término de tres (3) meses, a partir
del 20 de setiembre y hasta el 19 de diciembre de 2014 próximo
inclusive, por lesión ósea de cadera, con claudicación del miembro
posterior izquierdo, con lesión en el tendón flexor superficial, luego de
disputada la 19ª carrera del día 20 de setiembre p.pdo.
STARTER
SUSPENDER: al s.p.c. “KING´S STONE” – 11ª carrera del
17-9- 2014, a cargo del Entrenador Dn. Oscar E. Godoy, por indocilidad
peligrosa, abalanzándose, motivo por el cual fue retirado. Para correr
nuevamente en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter del
Hipódromo de San Isidro y en caso de reincidir, será suspendido por el término
de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de
Carreras.
SUSPENDER: al s.p.c. “NOTAK” – 2ª carrera del 20-9-
2014, a cargo del Entrenador Dn. Norberto Fabian Caviglia, por
indocilidad dentro del partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo
deberá presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso
de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60)
días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al s.p.c. “CANECAO” – 12ª carrera del 20-9-
2014, a cargo del Entrenador Dn. Carlos D. Etchechoury, por indocilidad
dentro del partidor. Para correr nuevamente en este Hipódromo deberá
presentar VºBº del Starter del Hipódromo de San Isidro y en caso de
reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento
General de Carreras.
Visto el informe elevado por el Servicio Químico
relacionado con el análisis químico del contenido del “frasco control’’ con
material de investigación extraído al S.P.C. “LEMU”, que se clasificara
primero en la 14ª carrera del día 3 de setiembre p.pdo., del que resulta una
infracción a lo determinado en el Artículo 25, Inciso II ap. c) del
Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO AUTORIZADO – Que, habiendo el entrenador desistido expresamente
del análisis del “frasco testigo” y presentando el descargo
pertinente.
Que, ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso
I del Reglamento General de Carreras, en el sentido de la responsabilidad que
le cabe al entrenador por los s.p.c. a su cargo y que el descargo efectuado no
desvirtúa la aplicación de las normas vigentes:
LA
COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por el término de seis (6) meses, desde su sanción
provisional (10 de setiembre p.pdo.) y hasta el 9
de marzo de 2015 inclusive, al Entrenador Dn. JOSE D. STORANI.
Artículo 25, Inciso II ap. c) Inciso VII
ap.c) del Reglamento General de
Carreras.
2º) SUSPENDER: por
el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (10 de
setiembre p.pdo.) y hasta el 9 de noviembre próximo inclusive al S.P.C. “LEMU”.
3º) Distanciar a los efectos del premio al mencionado
S.P.C. modificando el marcador de la siguiente forma:
1º) CATCHER
MUSIC
7º) FIRU
2º) DYLAN
GLOVE
8º) RAYO
NOCHERO
3º) LAGO DE BREGA
9º)
SEÑOR MATEO
4º) CACO
LOOK
10º)
DON SENIOR
5º)
OUTLIERS
11º)
SEÑOR ESTRELLA
6º) MAGO MIRADO
4º) Comuníquese y dese a publicidad.
San
Isidro, 24 de setiembre de 2014.-
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