Carreras
en su sesión del 31 de Octubre de 2012
PROFESIONALES SANCIONADOS
JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES
SUSPENDER: por
el término de una (1), reunión que se computará el día 17 de noviembre próximo,
al jockey GABRIEL A. SEDIARI, por
perder la línea en la entrada al codo, en la 3ª carrera disputada el día 24 de
octubre p.pdo.,
en la que condujo al s.p.c. “Surprise Attack”. Artículo 20, Inciso III del
Reglamento General de Carreras.-
APERCIBIR: al
jockey WILSON R. MOREYRA, por haber incrementado su peso neto en 750
gramos en pista
normal, luego de disputada la 12ª carrera del 24 de octubre p.pdo., en la que
condujo al s.p.c. “Baby Colonial”,
haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras
sanciones. Artículo 21, Inciso
V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al
jockey CESAR L. CUELLAR, por haber incrementado su peso neto en 700
gramos en pista normal,
luego de disputada la 2ª carrera del 26 de octubre p.pdo., en la que condujo al
s.p.c. “El Marshal”, haciéndole
saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones.
Artículo 21, Inciso V del
Reglamento General de Carreras.
ENTRENADORES
MULTAR: en la
suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. LUIS J. DUGGAN, por presentar a su
pupilo el s.p.c. “Illa
Ticsi” herrado con clavos antirreglamentarios, para la 1ª carrera del 26 de
octubre p.pdo. Artículo 16, Inciso IV
del Reglamento General de Carreras.
MULTAR: en la
suma de $ 250,00, al Entrenador Dn. FABIAN O. DAVID, por haber
presentado al s.p.c. “First
Guy” con la vacuna contra Influenza Equina vencida, en la 6ª carrera del 26 de
octubre p.pdo. Asimismo, se
dispone hacerle saber que la reiteración de tal situación dará lugar a
sanciones que la Comisión de Carrera estime
corresponder. Artículo 14, Inciso II del Reglamento General de Carreras.
CABALLERIZAS
APERCIBIR: al
titular de la caballeriza “Los Tres Puntitos (Rº), por no haber adoptado los
recaudos necesarios para
la participación del s.p.c “The Killer Surge”, a cargo del Entrenador Dn. Pedro
J. Quintana, inscripto para la 8ª
carrera del 24 de octubre p.pdo. Asimismo se dispone hacerle saber que previo a
la ratificación dicho s.p.c. deberá
poseer la documentación correspondiente otorgada por el Stud Book Argentino y
no podrá competir en las carreras
ya programadas. Artículo 5, Inciso VII del Reglamento General de Carreras.
SERVICIO VETERINARIO
VISTO el
informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el
s.p.c. “TRUE SUNDAY”, a
cargo del Entrenador Dn. Armando J. Glades, que presentara epistaxis bilateral
luego de disputada
la 2ª carrera del día 24 de octubre p.pdo., como medida precautoria y teniendo
en cuenta la importancia del
mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de veinte (20) días desde el 24
de octubre y hasta el 12 de noviembre
próximo inclusive.
VISTO el
informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el
s.p.c. “PREMIUM”, a cargo
del Entrenador Dn. Franco G. Retamoso, que presentara epistaxis bilateral por
traumatismo en la región nasal,
luego de disputada la 5ª carrera del día 24 de octubre p.pdo., como medida
precautoria y teniendo en cuenta
la importancia del mismo, se resuelve inhabilitarlo por el término de treinta
(30) días desde el 24 de octubre
y hasta el 22 de noviembre próximo inclusive.
VISTO el
informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el
s.p.c. “DAKO FELICIANO”, a
cargo del Entrenador Dn. Anibal L. Toledo, que presentara claudicación del
miembro anterior
derecho, luego de disputada la 9ª carrera del día 24 de octubre p.pdo., como
medida precautoria, se resuelve
inhabilitarlo por el término de treinta (15) días desde el 24 de octubre y
hasta el 07 de noviembre próximo
inclusive.
VISTO el
informe elevado por el Servicio Veterinario con relación a lo acontecido con el
s.p.c. “U S OPEN”, a cargo
del Entrenador Dn. Jacinto Rafael Herrera Gómez, que presentara epistaxis bilateral
luego de disputada la 10ª
carrera del día 24 de octubre p.pdo., como medida precautoria y teniendo en
cuenta la importancia del mismo,
se resuelve inhabilitarlo por el término de veinte (30) días desde el 24 de
octubre y hasta el 22 de noviembre
próximo inclusive.
INHABILITAR: para
actuar en el medio local al s.p.c. “SADOVA” a cargo del Entrenador Dn.
Luis M. Robol, a
solicitud del Servicio Veterinario, a partir del 26 de octubre p.pdo., por
fractura de sesamoides del miembro posterior
derecho, luego de disputarse la 5ª carrera del día 26 de octubre p.pdo.
SUSPENDER: para
actuar en el medio local al s.p.c. “LINOSO” a cargo del Entrenador Dn.
Héctor S. Rodriguez,
a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de quince (15) días, a
partir del 26 de octubre y hasta
el 09 de noviembre próximo inclusive, por claudicación del miembro anterior
derecho, luego de disputarse la
9ª carrera del día 26 de octubre p.pdo.
SUSPENDER: para
actuar en el medio local al s.p.c. “CHUBVASQUEANDO” a cargo del
Entrenador Dn. Sergio
L. Nicora, a solicitud del Servicio Veterinario, por el término de cuatro (4)
meses, a partir del 28 de octubre
y hasta el 27 de febrero de 2013 inclusive, por claudicación del miembro
anterior izquierdo, luego de disputarse
la 16ª carrera del día 28 de octubre p.pdo.
STARTERS
SUSPENDER: al
s.p.c. “PREMIUM”– 5ª carrera del 24-10-2012, a cargo del Entrenador Dn.
Franco G. Retamoso,
por quedarse en el partidor y partir muy retrasado. Para correr nuevamente en
este Hipódromo deberá
presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el
término de sesenta (60) días. Artículo
19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “TELODIGO AL REVES”– 8ª carrera del 24-10-2012, a cargo del Entrenador
Dn. Adalberto
J.O. Ravassa, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue
retirado. Para correr nuevamente
en este Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir,
será suspendido por el término
de sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de
Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “ES VENTAJERA”– 1ª carrera del 26-10-2012, a cargo del Entrenador
Dn. Miguel A. Andreoni,
por quedarse en el partidor y partir muy retrasado. Para correr nuevamente en
este Hipódromo deberá presentar
VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de
sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso
VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “GITANO RAUL”– 13ª carrera del 26-10-2012, a cargo del Entrenador
Dn. Adrian A.
Saval, por largar sensiblemente retrasado. Para correr nuevamente en este
Hipódromo deberá presentar VºBº del
Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de sesenta (60)
días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento
General de Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “ABUELA ELSA”– 14ª carrera del 26-10-2012, a cargo del Entrenador
Dn. Marcelino C.
Gutierrez, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue retirada.
Para correr nuevamente en este Hipódromo
deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por
el término de sesenta (60)
días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “ATREVIDA DAN”– 3ª carrera del 28-10-2012, a cargo del Entrenador
Dn. Esteban Guillermo
Maya, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue retirada. Para
correr nuevamente en este
Hipódromo deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será
suspendido por el término de sesenta
(60) días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “LORD ALICO”– 6ª carrera del 28-10-2012, a cargo del Entrenador Dn.
Alejo Gancedo,
por quedarse en el partidor y partir retrasado. Para correr nuevamente en este
Hipódromo deberá presentar
VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por el término de
sesenta (60) días. Artículo 19, Inciso
VI del Reglamento General de Carreras.
De
acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) CONCEDER: Licencia
Provisional de Entrenador al señor:
JULIO CESAR GAGGERO D.N.I. 13.561.582
por
el término de un (1) año, a partir del 31 de octubre de 2012 y hasta el 30 de
octubre de 2013 inclusive.-
2º) RENOVAR: la
Licencia Provisional de Jockey al señor:
JORGE
C. ARGUELLO D.N.I. 29.244.656
Por el término de dos
(2) años, hasta el 30 de octubre de 2014 inclusive.
3º) RENOVAR: la
Licencia Provisional de Jockey al señor:
DANTE
ECHEVERRIA D.N.I. 30.070.992
Por el término de dos
(2) años, hasta el 30 de octubre de 2014 inclusive.
4º) Comuníquese y
dese a publicidad.
San
Isidro, 31 de Octubre de 2012
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