Resoluciones
Adoptadas por Comisión de Carreras en su
sesión del 21 de Noviembre de 2012
PROFESIONALES SANCIONADOS
JOCKEYS Y/O JOCKEYS APRENDICES
APERCIBIR: al
jockey RODRIGO G. BLANCO, por haber incrementado su peso neto en 600
gramos en pista
normal, luego de disputada la 8ª carrera del 14 de noviembre p.pdo., en la que
condujo al s.p.c. “Abacanado”,
haciéndole saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras
sanciones. Artículo 21,
Inciso V del Reglamento General de Carreras.
APERCIBIR: al
jockey aprendiz DARIO N. GARCIA, por haber incrementado su peso neto en
1 kilo en pista normal,
luego de disputada la 13ª carrera del 14 de noviembre p.pdo., en la que condujo
al s.p.c. “Susurrándote”, haciéndole
saber que la reiteración de estos hechos podrán ser pasible de otras sanciones.
Artículo 21, Inciso V del
Reglamento General de Carreras.
MULTAR: en
la suma de $ 400,00, al jockey JORGE A. RICARDO, por haber incrementado
su peso neto en 900
gramos en pista normal, luego de disputada la 4ª carrera del 17 de noviembre
p.pdo., en la que condujo al s.p.c.
“Emil Roket”, y ser varias veces reincidente, haciéndole saber que la
reiteración de estos hechos podrán ser pasible
de otras sanciones. Artículo 21, Inciso V del Reglamento General de Carreras.
ENTRENADORES
MULTAR: en la
suma de $ 500,00, al Entrenador Dn. FEDERICO A. MARTUCCI, por presentar
a su pupilo el
s.p.c. “Huella Atómica” herrado antirreglamentariamente para pista de césped,
para la 14ª carrera del 17 de noviembre
p.pdo. Artículo 16, Inciso IV del Reglamento General de Carreras.
SERVICIO VETERINARIO
SUSPENDER: por
el término de veinte (20) días, al s.p.c. “DOÑA TUZADITA”, a cargo del
Entrenador Dn. Juan
J. La Rosa, por presentar claudicación del miembro posterior izquierdo, antes
de disputarse la 13ª carrera del
día 14 de noviembre p.pdo., desde el 14 de noviembre y hasta el 3 de diciembre
próximo inclusive.
SUSPENDER: por
el término de cuatro (4) meses, “CAN BE GOOD”, a cargo del Entrenador
Dn. Nicolás A. Gaitán,
por lesión en tendón flexor superficial y profundo del miembro anterior
derecho, luego de disputada la 2ª.
Carrera del día 17 de noviembre p.pdo., desde el 17 de noviembre y hasta el 16
de marzo de 2013 inclusive.
STARTERS
SUSPENDER: al
s.p.c. “RAIL SPLITTER”– 1ª carrera del 14/11/2012, a cargo del
Entrenador Dn. Juan J. La
Rosa, por negarse a ingresar al partidor, motivo por el cual fue retirado. Para
correr nuevamente en este Hipódromo
deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por
el término de sesenta (60)
días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras
SUSPENDER: por
el término de sesenta (60) días, desde el 14 de noviembre p.pdo. y hasta el 12
de enero de 2013
inclusive, al s.p.c. “LA FILMADORA”– 14ª carrera del 14/11/2012, a cargo
del Entrenador Dn. Rodolfo H.
Affre, por quedarse en el partidor, largando retrasado y registrar
antecedentes. Para correr nuevamente en este Hipódromo
deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por
el término que esta Comisión
de Carreras estime corresponder. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General
de Carreras.
SUSPENDER: al
s.p.c. “CIUDAD DEL CABO”– 8ª carrera del 17/11/2012, a cargo del
Entrenador Dn. José
E. Manzone, por indocilidad peligrosa, motivo por el cual fue retirado. Para
correr nuevamente en este Hipódromo
deberá presentar VºBº del Starter y en caso de reincidir, será suspendido por
el término de sesenta (60)
días. Artículo 19, Inciso VI del Reglamento General de Carreras. De
acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 del Reglamento General de Carreras:
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE:
1º) RENOVAR: la
Licencia Provisional de Entrenador al señor: MARTIN
E. GREGORINI D.N.I. 17.318.794 Por el término de un
(1) año, hasta el 21 de noviembre de 2013 inclusive.
2º) RENOVAR: la
Licencia Provisional de Jockey Aprendiz al señor: RODOLFO
F. DAVANCENS D.N.I. 34.466.109
Por el término de dos
(2) años, hasta el 21 de noviembre de 2014 inclusive. 3º) RENOVAR: la
Licencia Provisional de Entrenador al señor: JOSE
F. CIRNIGLIARO D.N.I. 12.129.464
Por el término de un
(1) año, hasta el 21 de noviembre de 2013 inclusive. 4º) Comuníquese
y dese a publicidad.- Visto
el informe elevado por el Servicio Químico relacionado con el análisis químico
del contenido del “frasco control’’
con material de investigación extraído a la S.P.C. “AGULLA”, que se
clasificara primera en la 12ª carrera
del día 26 de octubre p.pdo., del que resulta una infracción a lo determinado
en el Artículo 25, Inciso II ap.
c) del Reglamento General de Carreras - TRATAMIENTO TERAPEUTICO NO
AUTORIZADO –
Que,
habiendo el entrenador solicitado la apertura del “frasco testigo” y, efectuado
el análisis correspondiente, se ha
confirmado el resultado informado por el Servicio Químico, habiéndose dado al
entrenador el mas amplio derecho
de defensa, habiéndose vencido el plazo para presentar su descargo.
Que,
ante lo establecido en el Artículo 33, Inciso I del Reglamento General de
Carreras, en el sentido de la responsabilidad
que le cabe al entrenador y que no ha presentado un descargo.
LA COMISION DE CARRERAS RESUELVE
1º) SUSPENDER por
el término de seis (6) meses, desde su sanción provisional (3 de noviembre
p.pdo.) y hasta
el 2 de mayo de 2013 inclusive, al Entrenador Dn. GUILLERMO J. FRENKEL S.
Artículo
25, Inciso II ap. c) Inciso VII ap. c), del Reglamento General de Carreras.
2º) SUSPENDER por
el término de dos (2) meses, desde su sanción provisional (3 de noviembre
p.pdo.) y hasta
el 2 de enero de 2013 inclusive, a la S.P.C. “AGULLA”.
3º) Distanciar a los
efectos del premio a la mencionada S.P.C. modificando el marcador de la
siguiente forma:
1º) MAGIC SUNRAY 6º) LADY BENEDICT
2º) CATARINEU 7º) DAVIS CUP
3º) CORSA MANI 8º) LA CONFIADA
4º) CASUAL MIRANDA 9º) TIGRESA VOGUE
5º) LUNA EGIPCIA
4º) Comuníquese y
dese a publicidad.
San
Isidro, 21 de Noviembre de 2012
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